Direcciones Municipales

Art. 11.- Son funciones de la Dirección de Auditoría Interna las siguientes:

  • Preparar los planes anuales de auditoría y presentarlos a la Contraloría General del Estado hasta el 30 de septiembre de cada año;
  • Ejecutar auditorías y exámenes especiales planificados e imprevistos, para evaluar la gestión operativa, administrativa, financiera y técnica de la entidad, en términos de costo, tiempo, legalidad, economía, efectividad, eficiencia y transparencia;
  • Examinar los ingresos, gastos, inversiones, utilización, administración y custodia de recursos institucionales, según el Plan Anual de Auditoría;
  • Preparar semestralmente información de las actividades cumplidas en relación con los planes operativos de trabajo;
  • Identificar y evaluar los procedimientos y sistemas internos de control de la entidad, según el Plan Anual de Auditoría;
  • Facilitar mediante informes que la Contraloría General del Estado determine las responsabilidades administrativas y las responsabilidades civiles culposas, así como los indicios de responsabilidad penal;
  • Asesorar al Alcalde, Concejo y demás unidades administrativas de la Municipalidad en asuntos de su competencia y su especialización que sean requeridos por la máxima autoridad;
  • Mantener y Actualizar el Manual Específico de Auditoría Interna y someterlo a la aprobación de la Contraloría General;
  • Mantener un programa de seguimiento del cumplimiento de las recomendaciones establecidas en los informes de auditoría, practicados por la Contraloría General o la Unidad de Auditoria Interna;
  • Enviar a la Contraloría General y al señor Alcalde, los informes de auditoría y de exámenes especiales en el plazo máximo de 30 días laborables después de la conferencia final de resultados;
  • Cumplir con las normas e instrucciones que expida la Contraloría General del Estado para el eficaz funcionamiento técnico de la Unidad de Auditoria Interna;
  • Procurar el mejoramiento continuo de los procesos de la Unidad; y,
  • Las demás que le asignare el Alcalde y la Contraloría General del Estado

Art. 12.- Son funciones de la Dirección de Desarrollo Institucional las siguientes:

  • Actuar como facilitador de programas de mejoramiento continuo de procesos administrativos, técnicos y operativos que aseguren el cumplimiento de las funciones de las Direcciones municipales y la modernización en la prestación de los servicios que brinda a la colectividad;
  • Coordinar con las diferentes áreas municipales, las necesidades y ajustes que conlleven a la mejor ejecución de los procesos, para la eficiencia y eficacia de la gestión institucional;
  • Asesorar a las Direcciones y demás dependencias, en lo relacionado con la formulación de planes y programas que permitan el proceso continuo de modernización de la administración municipal, y su evaluación;
  • Sugerir al Alcalde, las necesidades de cambio en la estructura organizacional de la Administración Municipal, con base a las finalidades institucionales y funciones asignadas por la ley;
  • Facilitar la implementación de sistemas de información, así como, monitorear su utilización;
  • Implementar, las actualizaciones de la documentación organizacional que debe realizar cada dirección municipal, así como, monitorear el uso adecuado de las metodologías de trabajo diseñadas para el efecto;
  • Procurar el mejoramiento continuo de los procesos de la Dirección; y,  Las demás que le asignare el Alcalde.
Ab. José Alvarado

Email: desarrollo_institucional_gadm@el-triunfo.gob.ec

Art. 13.- Son funciones de la Secretaría General de la Municipalidad las siguientes:

  • Dar fe de los actos del Concejo y de la Alcaldía, asegurando oportunidad y reserva en el manejo de la documentación oficial; y certificar la autenticidad de copias, compulsas o reproducciones de documentos oficiales;
  • Preparar y redactar las Actas y Resoluciones de las Sesiones del Concejo y suscribirlas con el Alcalde una vez aprobadas y mantener actualizado un archivo de las mismas;
  • Administrar el sistema de documentación y archivo de la Municipalidad de El Triunfo, de acuerdo con las normas técnicas existentes para el efecto;
  • Registrar las resoluciones emanadas por el Concejo y el Alcalde y llevar un libro de las mismas; Tramitar informes, certificaciones, correspondencia y demás documentos sobre los que tenga competencia;
  • Convocar previa disposición del Alcalde, a las sesiones ordinarias y extraordinarias, conmemorativas y solemnes del Concejo Cantonal; Elaborar conjuntamente con el Alcalde, el orden del día correspondiente a las sesiones y entregarlo a los Concejales en el momento de la convocatoria;
  • Comunicar las resoluciones del Concejo y del Alcalde a Directores, Jefes Departamentales, personas naturales o jurídicas y Entidades u Organismos Oficiales a los que se refieren las mismas;
  • Dirigir la Secretaría, de las Comisiones Permanentes y Especiales del Concejo Cantonal;
  • Supervisar y custodiar el archivo central, de la Municipalidad bajo un sistema técnico que asegure su correcto funcionamiento; y,
  • Procurar el mejoramiento continuo de los procesos de la Secretaría; y,
  • Las demás que le asignare el Alcalde.
Ab. Edmundo Briones

Email: secretaria@el-triunfo.gob.ec

Art. 10.- El Procurador Síndico Municipal, tendrá junto con el Alcalde, la representación judicial y extrajudicial de la Municipalidad. Son funciones de Procurador Síndico Municipal las siguientes: a) Asesorar al nivel directivo y ejecutivo y a los demás directivos de la Municipalidad en asuntos de orden jurídico; b) Programar, organizar, dirigir, coordinar y controlar las actividades relacionadas con estudios jurídicos, patrocinio legal y contrataciones de la Municipalidad.

  • Estudiar y emitir dictámenes de carácter jurídico y legal sobre los asuntos que le sean sometidos;
  • Elaborar proyectos de leyes, ordenanzas, acuerdos, convenios, contratos, reglamentos y más instrumentos legales o jurídicos que le sean solicitadas por el Concejo Cantonal o por el Alcalde;
  • Intervenir en los trámites legales, judiciales y extrajudiciales que le competan a la Municipalidad; Intervenir de acuerdo a lo dispuesto en la leyes de materia y sus reglamentos en los procesos precontractuales y de contratación que realiza la Municipalidad, cuidando que se cumplan con todos los procedimientos legales para este efecto;
  • Recopilar y mantener actualizada la legislación relacionada con la Municipalidad y sugerir reformas legales;
  • Mantener un archivo actualizado y especializado de procesos y documentación correspondiente a las actividades de asesoría jurídica;
  • Presentar al Alcalde informes periódicos de labores; .Participar y vigilar el trámite de los procesos civiles, penales, laborales y administrativos propuestos contra la Municipalidad o que ésta inicie contra terceros;
  • Actuar en las diligencias judiciales y extrajudiciales de competencia de la Municipalidad y coordinar las acciones e instancias de acuerdo a las leyes vigentes;
  • Representar a la corporación por delegación del Concejo Cantonal o del Alcalde ante los organismos colegiados internos y externos;
  • Revisar los documentos habilitantes previa a la celebración de los contratos y convenios observando el cumplimiento de todas las disposiciones legales;
  • Emitir informes y absolver consultas relacionadas con la aplicación de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Contratación Pública y más disposiciones legales afines vigentes;
  • Las demás que le asignare el Alcalde;
 

Email: juridico@el-triunfo.gob.ec

Art. 15.- Son funciones de la Jefatura de Recursos Humanos, las siguientes;

  • Dirigir el sistema de administración de Recursos Humanos de la Ilustre Municipalidad;
  • Contribuir al cumplimiento de planes y programas institucionales; establecimiento de una adecuada cultura organizacional y fomento de un saludable clima laboral en la Municipalidad, a través de una eficaz planeación, desarrollo y ejecución de los sistemas de administración de Recursos Humanos;
  • Dirigir, normar y supervisar la administración del régimen disciplinario en general de la Municipalidad, mediante la implementación de estímulos y correctivos, que contribuyan a establecer una cultura de respeto a las normas y políticas establecidas, fortaleciendo las relaciones laborales;
  • Programar y ejecutar los planes y programas de desarrollo y asistencia social en beneficio de los empleados de la Municipalidad, con el propósito de proporcionar mayor seguridad y satisfacción en el trabajo a sus integrantes;
  • Facilitar a los empleados del Municipio la realización de trámites administrativos internos y externos derivados de las relaciones obrero – patronales;
  • Coordinar con el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social, lo referente a jubilación, préstamos, enfermedades, accidentes de trabajo y otras prestaciones;
  • Supervisar y realizar visitas a servidores municipales enfermos hospitalizados, previa programación o petición del área a que pertenecen;
  • Participar en la definición y aplicación de las estrategias que contribuyan al establecimiento de una adecuada cultura organizacional y una adecuada calidad de vida laboral en el Municipio de El Triunfo; y,
  • Planificar y ejecutar planes anuales de capacitación en función de las necesidades de las direcciones municipales, que permitan desarrollar el talento humano de los empleados y trabajadores para un mejor desenvolvimiento en sus actividades;
  • Participar en la definición y aplicación de las estrategias que contribuyan al establecimiento de una adecuada cultura organizacional y una adecuada calidad de vida laboral en el Municipio de El Triunfo; y,
  • Programar, coordinar y ejecutar con las áreas interesadas análisis técnicos, a fin de determinar necesidades de creación de puestos, sus denominaciones y grados remunerativos; consolidar dicha información y remitirla a la Dirección Financiera para que sea incorporada en el anteproyecto de presupuesto;
  • Contribuir y participar activamente, en coordinación con las unidades pertinentes, en actividades que promuevan el desarrollo organizacional de la Municipalidad;
  • Determinar, por las funciones a desarrollar, los cargos que requieran ser caucionados y mantener un inventario de dichos puestos;
  • Participar en la definición y aplicación de las estrategias que contribuyan al establecimiento de una adecuada cultura organizacional y una adecuada calidad de vida laboral en el Municipio de El Triunfo;
  • Participar en los equipos de trabajo que se formen para la ejecución de evaluaciones del desempeño, en las diferentes unidades de la Municipalidad;
  • Elaborar proyectos de bases precontractuales para facilitar los procesos de contratación de prestación de servicios, además de sugerir los presupuestos referenciales (mensuales, anuales, etc.);
  • Implementar y mantener adecuados controles de asistencia y permanencia a los lugares de trabajo del personal que labora en la Municipalidad;
  • Contribuir a que los expedientes de los empleados y trabajadores del Municipio, cuenten con los documentos de respaldo, que justifiquen las acciones tomadas en la aplicación de las normas y principios establecidos;

Email: talento_humanogadm@el-triunfo.gob.ec

Art. 16.- Son funciones de la Dirección Financiera las siguientes:

  • Administrar, planificar, coordinar y controlar las actividades financieras de la Municipalidad
  • Dirigir y ejecutar la administración tributaria municipal, de conformidad con la Ley de Régimen Municipal, las leyes tributarias específicas, las ordenanzas, y demás normas y procedimientos legales y técnicos vigentes sobre la materia;
  • Formular los flujos financieros de ingresos y en base a éstos elaborar los cupos de gastos por programas presupuestarios;
  • Vigilar el movimiento rentístico, formular los catastros urbanos y expedir los correspondientes títulos de crédito para el cobro de impuestos y demás ingresos municipales;
  • Verificar, liquidar y administrar la recaudación, aplicar e interpretar administrativamente los reglamentos sobre tributación expedidos por el Concejo y ejercer la jurisdicción coactiva para la recaudación de los impuestos municipales;
  • Verificar las actividades presupuestarias que incluyen la formulación, administración y liquidación del presupuesto
  • Supervisar que las recaudaciones sean depositadas en forma intacta e inmediata;
  • Recomendar la contratación de créditos internos o externos para financiar operaciones o proyectos específicos;
  • Controlar la correcta administración de fondos rotativos y cajas chicas y autorizar su reposición y liquidación;
  • Asegurar que los correspondientes estados y anexos financieros se elaboraren y presenten oportunamente a los organismos públicos que por Ley corresponda;
  • Someter a consideración del Alcalde y del Concejo los planes y programas de las actividades financieras para su aprobación;
  • Solicitar al Alcalde las sanciones y multas a que haya lugar por incumplimiento de las obligaciones tributarias por parte de los contribuyentes;
  • La pre intervención en su facultad y dentro de ella específicamente lo siguiente:
  • Verificar la legitimidad de las órdenes de pago, las peticiones de fondos y el pago de los créditos que se requieran a la Municipalidad.
  • Vigilar la ejecución contable del presupuesto y observar todo acto, contrato o registro contable que no se encuentre conforme a las normas legales y a la técnica contable.
  • Objetar las órdenes de pago que encontrare ilegales o contrarias a las disposiciones reglamentarias o presupuestarias.
  • Analizar los partes diarios de caja y enmendados si estuvieren equivocados y controlar la buena marcha de la Tesorería.
  • Participar en la fijación y evaluación de las políticas económico – financieras;
  • Prestar asesoría a las áreas que así lo requieran en los temas de su competencia;
  • Coordinar actividades con las demás dependencias municipales o instituciones públicas o privadas, que cumplan funciones en el mismo ámbito;
  • Procurar el mejoramiento continuo de los procesos de la Dirección; y,
  • Las demás que le asignare el Alcalde.

Email: financiero@el-triunfo.gob.ec

Art. 23.- Son funciones de la Dirección de Obras Públicas, las siguientes:

  • Planear, programar y proyectar las obras públicas locales necesarias para la realización de los proyectos de desarrollo físico cantonal y de los planes reguladores de desarrollo urbano del cantón;
  • Coordinar con las empresas públicas y privadas responsables de la prestación de servicios públicos, la ejecución de trabajos que impliquen rotura de calles y aceras en los diferentes sectores de la ciudad;
  • Llevar a cabo la construcción de las obras aprobadas por administración directa, contrato o concesión;
  • Realizar la apertura, conservación y mantenimiento de los caminos que no hayan sido declarados de carácter nacional, y rectificar, ensanchar y mantener caminos vecinales ubicados en el Cantón;
  • Cuidar que las vías públicas se encuentren libres de obstáculos que las deterioren o estorben su libre uso, y proporcionar lugares apropiados para el estacionamiento de vehículos;
  • Contribuir a la planificación y solución del problema de la vivienda económica de interés social;
  • Coordinar y ejecutar, según corresponda, el mantenimiento preventivo y correctivo de los bienes, equipos y sistemas eléctricos municipales, instalados en lugares públicos en diversas zonas de la ciudad;
  • Procurar el mejoramiento continuo de los procesos de la Dirección; y,
  • Realizar estudios de factibilidad para determinar la construcción de obras civiles, viales, parques, etc.;
  • Coordinar los levantamientos topográficos preliminares y los diseños de las obras a realizarse;
  • Elaborar las bases, especificaciones técnicas y presupuestos referencias de las obras que realizará la Dirección de Obras Públicas;
  • Revisar y, de ser el caso, aprobar los estudios preliminares y diseños definitivos de estudios contratados;
  • Inspeccionar e informar, según le asigne el Alcalde, respecto de las solicitudes que presentan los moradores del cantón requiriendo la ejecución de obras;
  • Determinar las áreas de terreno afectadas por los proyectos de obras, así como el presupuesto para las indemnizaciones por expropiaciones;
  • Elaborar los planos de las vías, edificaciones y tras obras que realizará la Dirección de Obras Públicas;
  • Analizar y proponer prioridades de estudios y proyectos de obras;
  • Dirigir los estudios técnicos que se realicen para las obras a ejecutarse por administración directa;
  • Revisar y controlar las planillas de estudios técnicos contratados; y,
  • Las demás que le asignare el Alcalde.
  • Elaboración de Plan General de Obras –Macro
  • Elaboración del Plan –Presupuesto Anual de Obras
  • Realizar el mantenimiento de infraestructura municipal
  • Planificación y ejecución de obras por administración directa
  • Planificación y ejecución de obras por contrato
  • Supervisión de obras realizadas en la comunidad.
  • Organización de personal para obras, acorde a las necesidades que se presenten
  • Realización del control de costos de obras de todos los proyectos a realizarse.
  • Suscribir actas provisiones o definitivas de recepción o entrega de obras y otros documentos inherentes a la construcción de obras
  • Coordinar con entidades públicas o privadas, tales como el Consejo Provincial o Ministerio de Obras Públicas a fin de conseguir apoyo a la gestión municipal

Email: obras_publicas@el-triunfo.gob.ec

Art. 27.- Son funciones de la Dirección de Medio Ambiente, las siguientes:

  • Elaborar y proponer las políticas y estrategias de gestión ambiental municipal;
  • Planificar, dirigir, supervisare, normar y coordinar las actividades relacionadas con la preservación del medio ambiente, en la jurisdicción cantonal;
  • Identificar, priorizar, elaborar y evaluar económicamente perfiles de proyectos, relacionados con la preservación, prevención de daños y recuperación del medio ambiente;
  • Realizar estudios y análisis de cuantificación, caracterización, mitigación y búsqueda de soluciones de los problemas ambientales del cantón;
  • Asesorar a la Alcaldía, Concejo Cantonal, direcciones municipales y otras organizaciones externas en temas de preservación de daños y control ambiental;
  • Proponer normativas y ordenanzas ambientales de preservación prevención de daños y control ambiental;
  • Velar por el cumplimiento de las leyes, normativas y ordenanzas ambientales establecidas pata la protección del medio ambiente;
  • Coordinar actividades con las demás dependencias municipales o instituciones públicas o privadas, que cumplan funciones en el mismo ámbito;
  • Buscar alianzas estratégicas, con instituciones públicas y privadas, para la formulación de proyectos ambientales;
  • Establecer la normalización y procedimientos técnicos que se deberán observar en las construcciones industriales y civiles, en las industrias y demás actividades que se realizan en el cantón, para el manejo ambiental; y proponer la actualización de ordenanzas y disposiciones reglamentarias relativas a aspectos de gestión ambiental en el cantón;
  • Identificar problemas ambientales del cantón El Triunfo, reales o potenciales, y presentar propuestas de solución;
  • Atender denuncias de la ciudadanía relacionadas con la problemática de calidad ambiental;
  • Las demás que le asignare el Alcalde.

Email: medio_ambiente@el-triunfo.gob.ec